Esto dice la ley en Colombia sobre la licencia laboral por fallecimiento de mascota

En la actualidad, son miles de hogares quienes consideran que sus mascotas son un miembro más de la familia.

Las mascotas se han convertido hoy en día en un miembro fundamental de los hogares colombianos, pues para nadie es un secreto que desde hace algunos años dejaron de verse como simple compañía o una estrategia para cuidar el hogar de intrusos y plagas como los ratones.

Esto ha hecho que muchas personas creen un fuerte vínculo con los animales que habitan sus hogares y así es que hoy en día incluso muchas de estas mascotas logran llegar a habitar múltiples espacios junto a sus dueños, sobre todo en espacios públicos como centros comerciales, restaurantes y demás lugares de esparcimiento social.

Son muchas familias en el país quienes han tenido que enfrentar la pérdida de una mascota con gran dolor mientras siguen trabajando, pues aunque en la ley colombiana se tienen contemplados diferentes permisos para los trabajadores que pierden a un ser querido y así poder tomarse los días de luto necesarios para sobrellevar este tipo de pérdidas.

Licencia laboral por fallecimiento de mascota

La legislación laboral colombiana no tiene contemplada de forma expresa días de permiso remunerados por el fallecimiento de una mascota, aunque para muchos podrían llegar a ser parte de su familia. Dentro del Código Sustantivo del Trabajo se reconocen cinco días remunerados por duelo de familiares cercanos, pero no incluye de manera explícita a los animales domésticos.

El pasado 6 de noviembre de 2025 la Corte Suprema de Justicia emitió un pronunciamiento bastante relevante sobre este tema, del cual se válido la decisión de que puede llegar a existir un acuerdo entre una empresa y un sindicato de otorgar un día de permiso con salario cuando un trabajador sufra el fallecimiento de una mascota domesticada, siempre y cuando cumpla con una serie de requisitos obligatorios.

Requisitos obligatorios para exigir la licencia por pérdida de una mascota

En el caso en que este acuerdo se haga de manera interna en todas las empresas del país se deben cumplir con los siguientes criterios para poder acceder a este beneficio:

  • La mascota debe estar domesticada y en convivencia habitual con el empleado.
  • Debe existir pruebas de una convivencia durante un mínimo de tiempo establecido.
  • El fallecimiento del animal debe estar acreditado por un certificado veterinario o cualquier otro tipo de documento válido.
  • El permiso se limita a un día hábil remunerado.

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Sobre el autor

Érika Ibañez

Comunicadora social y periodista de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, con experiencia en creación de contenido y redacción periodística para diversas áreas. Actualmente soy periodista digital de Vibra FM y Candela Estéreo.

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