¿Se pueden unir o acumular ambos medios días libres tras haber votado en la primera y segunda vuelta presidencial en Colombia? Muchos colombianos tienen la misma duda de cara a la segunda vuelta presidencial.
Foto: Canva
Este domingo 31 de mayo de 2026, los ciudadanos colombianos acudieron a las urnas para ejercer su derecho al voto y elegir a su próximo presidente.
Las mesas de votación se habilitaron en todo el país para que la ciudadanía decida el destino de la nación durante el periodo constitucional 2026-2030. La jornada se desarrolló bajo estrictas medidas de seguridad, el Plan Nacional de Garantías tecnológicas y la aplicación de la ley seca.
La competencia entre los aspirantes presidenciales se mantiene muy ajustada. Entre las figuras más destacadas que representan las tendencias de izquierda y derecha se encuentran Iván Cepeda, Abelardo de la Espriella y Paloma Valencia.
Para asegurar la victoria en esta primera vuelta, se requiere que alguna de las fórmulas obtenga la mitad más uno de los votos válidos. Si ningún candidato alcanza esta mayoría absoluta, los dos más votados competirán en una segunda vuelta programada para el 21 de junio.
Más de 222 mil personas participaron en la jornada electoral para respaldar a su candidato de preferencia, arrojando los primeros resultados de los comicios.
Candidatos para la primera vuelta (31 de mayo de 2026)
De acuerdo con los resultados recientes y las inscripciones directas, estos son los principales aspirantes:
- Paloma Valencia
- Roy Barreras
- Claudia López
- Iván Cepeda
- Abelardo de la Espriella
- Sergio Fajardo
- Luis Gilberto Murillo
- Luis Carlos Reyes
- Mauricio Lizcano
- Juan Fernando Cristo
- Daniel Palacios
- Miguel Uribe Londoño
- Felipe Córdoba
- Clara López
- Mauricio Armitage
- Santiago Botero
Los dos candidatos que quedaron para la segunda vuelta presidencial
Luego de una jornada electoral que movilizó a millones de ciudadanos en todo el territorio nacional, Colombia ya tiene definidos a los dos aspirantes que continuarán en la carrera por la Casa de Nariño. Con el avance del escrutinio y la divulgación de los resultados por parte de la Registraduría Nacional, quedaron establecidos los nombres de los candidatos que obtuvieron las mayores votaciones en la primera vuelta presidencial.
Los finalistas de la contienda son Abelardo de la Espriella e Iván Cepeda, quienes volverán a medirse en las urnas para disputar la Presidencia de la República y definir quién gobernará el país durante el periodo 2026-2030.
Debido a que ningún candidato logró la mayoría absoluta en la primera vuelta, los colombianos tendrán que votar nuevamente el próximo 21 de junio de 2026. En esta segunda vuelta, la elección se definirá únicamente entre los dos aspirantes que obtuvieron la mayor votación.
Con miras a esta decisiva jornada, ambos candidatos reforzarán sus estrategias de campaña, debates y recorridos por el país. Su principal objetivo será conseguir nuevos respaldos y convencer a los ciudadanos que votaron por otras opciones políticas en la primera etapa.
En este escenario, el foco estará centrado en las alianzas políticas, las propuestas renovadas de cada campaña y los apoyos que sumen de diversos sectores. Al final, será el electorado quien tome la determinación definitiva sobre quién asumirá la presidencia de Colombia.
Muchos colombianos están esperando qué sucederá con el famoso día del padre, pues es para dicha fecha del 21 de junio, por lo que se había hablado de la posibilidad de que esta tradicional celebración se aplace para el siguiente fín de semana al programado para la segunda vuelta de elecciones presidenciales.
¿Se pueden unir o acumular ambos medios días libres tras haber votado en la primera y segunda vuelta presidencial en Colombia?
Tras conocerse que se hará segunda vuelta presidencial en el país, los colombianos se preguntan sobre los beneficios que tiene el haber votado y el tener en propiedad el certificado electoral, pues se entiende que dan medio día libre por el certificado electoral. Por lo que surge la pregunta de que si los colombianos pueden unir o acumular ambos medios días libres y completar uno.
Y la respuesta es que sí, es legalmente viable acumular los descansos remunerados por votar en ambas vueltas presidenciales, pero con condiciones; ya que cada jornada electoral otorga un beneficio independiente. Como las votaciones corresponden a dos eventos oficiales distintos, cada una genera su propio certificado electoral, lo que activa el derecho de forma individual para el empleado.
Bajo el marco de la Ley 403 de 1997, el ciudadano obtiene media jornada de descanso compensatorio por cada votación en la que participe. Al tratarse de actos de sufragio diferentes, los derechos no se anulan entre sí, lo que significa que el trabajador acumula un total de dos medias jornadas libres.
A pesar de que el empleado gana ambas fracciones de tiempo, la posibilidad de unirlas para disfrutar de un día completo y consecutivo de descanso depende completamente de la autorización del empleador, empresa o jefe, pues debe dar la autorización. Aunque la ley exige obligatoriamente otorgar estos espacios libres, la fecha y la manera de tomarlos se deben pactar por mutuo acuerdo entre la empresa y el trabajador. De lo contrario tocaría medio día por separado.
Es fundamental tener en cuenta los tiempos de caducidad: este beneficio de media jornada debe pedirse y disfrutarse dentro de los 30 días calendario posteriores a cada elección. Por lo tanto, el tiempo libre ganado en la primera vuelta electoral vencerá a finales de junio.
Ahora que sabes si se pueden unir o acumular ambos medios días libres tras haber votado en la primera y segunda vuelta presidencial en Colombia. ¿Qué opinas? Escribe lo que piensas en los comentarios de nuestras redes, ¡y dale compartir!
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