Así puedes votar en los Consejos de Juventud 2025, la segunda jornada del proceso a nivel nacional.
Foto: Redes sociales
Colombia cuenta actualmente con 11.702.436 jóvenes entre los 14 y 28 años habilitados para participar en las elecciones de los Consejos Municipales y Locales de Juventud, que se llevarán a cabo el próximo 19 de octubre de 2025.
Para garantizar el desarrollo del proceso electoral, la Registraduría Nacional instalará 6.372 puestos de votación y habilitará 19.869 mesas distribuidas a lo largo del país. Además, más de 45.000 jóvenes se inscribieron como candidatos para formar parte de los Consejos de Juventud.
Entre los departamentos con mayor número de jóvenes habilitados para votar se encuentran:
- Bogotá: 1.728.112 jóvenes
- Antioquia: 1.540.652
- Valle del Cauca: 967.762
- Cundinamarca: 642.291
- Atlántico: 641.550
Documentos necesarios para votar
Los votantes deberán presentar el documento correspondiente según su edad:
- 14 a 17 años: tarjeta de identidad
- 18 a 28 años: cédula de ciudadanía (cualquiera de sus versiones)
- En trámite de cédula por primera vez: contraseña del trámite
- Si cumplen 18 años el día de la elección: tarjeta de identidad
¿Dónde consultar el puesto de votación?
Los ciudadanos pueden verificar su lugar de votación ingresando al portal oficial de la Registraduría Nacional: www.registraduria.gov.co, en la sección “Grandes X Elección” → “Consulta lugar de votación”.
¿Fuiste elegido como jurado de votación?
Desde el pasado 3 de septiembre, la Registraduría habilitó la opción para consultar si una persona fue seleccionada como jurado de votación. Para verificarlo:
- Ingresar a www.registraduria.gov.co
- Acceder al portal “Electoral” y buscar la opción “Consulta jurado de votación”
También puedes ingresar directamente al enlace: https://eleccionesjuventudes.registraduria.gov.co/identificacion?tipo=jurado
Allí podrás conocer si fuiste designado, en qué mesa ejercerás tu función y consultar la lista completa de candidatos.
De los más de 100.000 jurados seleccionados, 18.134 son menores de edad y 82.553 son mayores de edad, todos con la responsabilidad de cumplir con este deber ciudadano.
¿Qué pasa si no cumples como jurado de votación?
El cargo de jurado de votación es obligatorio, y no cumplir con esta función sin una justificación válida puede acarrear sanciones:
- Servidores públicos: podrían enfrentar destitución del cargo
- Ciudadanos particulares: se exponen a una multa de hasta 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes (aproximadamente $14.235.000 en 2025)
- Menores de edad: deberán cumplir 40 horas de socialización del Estatuto de Ciudadanía Juvenil, certificadas por la institución educativa
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