¿Cuándo saber si eres jurado de votación en las Elecciones al Congreso 2026? Esta es la fecha clave

En medio de las elecciones en el país son muchos los ciudadanos que deben prestar su servicio a la Registraduría Nacional.

Durante los procesos de elecciones que se realizan en el país los ciudadanos deben prepararse no solo para votar y así poder elegir con conciencia las personas que van a formar los consejos que estarán integrados dentro del país.

La Registraduría Nacional del Estado Civil designará a más de 2.400.000 jurados para garantizar la transparencia en las elecciones del próximo 8 de marzo del 2026. Entre ellos habrá tanto jóvenes como adultos, quienes se encargarán de velar por el normal desarrollo de la jornada.

¿Cuándo se harán los sorteos de los jurados de votación?

Cada vez que se acercan unas elecciones en el país se realiza la Comisión Nacional para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales, en esta ocasión el registrador nacional del Estado Civil informó a la opinión pública que entre el 21 y 23 de enero se llevaron a cabo los sorteos de jurados para las elecciones.

Según la información entregada por parte de la registraduría, fueron más de 2.400.000 ciudadanos postulados por entidades públicas y privadas para cumplir esta función, por lo que podrían ser muchos en la sociedad quienes sean los que deben prestar su servicio en esta nueva jornada electoral importante para el futuro del país.

¿Cuándo saber si es jurado de votación en las Elecciones al Congreso 2026?

A través de los diferentes canales oficiales de la entidad, señalaron que a partir del martes 27 de enero se tendrá habilitada la página web oficial para que los ciudadanos puedan consultar si fueron designados como jurados de votación para las Elecciones al Congreso 2026.

Es necesario que usted esté atento a este procedimiento para poder tener en cuenta que el próximo 8 de marzo podría tener que prestar su servicio como jurado de votación. Así mismo, debe estar atento a los procesos de capacitación en dado caso de que sea elegido.

Estas son las personas que no pueden ser jurados de votación

  • Menores de 18 años y mayores de 60 años, salvo elecciones de Consejos de Juventud.
  • Funcionarios de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
  • Primeras autoridades civiles en el orden nacional, seccional y municipal.
  • Funcionarios que realizan tareas electorales.
  • Miembros de las Fuerzas A rmadas.
  • Operadores del Ministerio de Comunicaciones, Telecom, empresas de teléfonos.
  • Funcionarios de la Administración Postal Nacional.
  • Miembros directivos de los directorios políticos y candidatos.
  • Los candidatos a corporaciones públicas, sus cónyuges o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad o único civil no podrán ser jurados de votación.

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Sobre el autor

Érika Ibañez

Comunicadora social y periodista de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, con experiencia en creación de contenido y redacción periodística para diversas áreas. Actualmente soy periodista digital de Vibra FM y Candela Estéreo.

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