Se revelaron una serie de cambios en las cesantías que habría para este 2026 a gran parte de los trabajadores en todo el país.
Foto: Canva (23/01/2026)
Cada año, los trabajadores en Colombia reciben una serie de pagos a los que tienen derecho quienes cuentan con un contrato laboral con todas las prestaciones de ley. Entre los más conocidos están la prima y las cesantías, ingresos que se entregan en fechas específicas y que, con el paso del tiempo, ya son bien conocidos por los empleados.
Sin embargo, con la reforma laboral aprobada en junio de 2025, algunos de estos pagos podrían empezar a cambiar, especialmente en lo relacionado con los intereses de las cesantías, un dinero extra que muchos esperan a comienzos de cada año.
Actualmente, los intereses de las cesantías corresponden al 12 % anual sobre el valor acumulado hasta el 31 de diciembre y deben ser pagados directamente al trabajador antes del 31 de enero del año siguiente. Pero con los nuevos ajustes, esta forma de pago podría modificarse.
¿Qué son las cesantías?
Las cesantías es uno de los tantos ingresos que reciben los trabajadores en Colombia. Estas son una prestación social obligatoria, básicamente es un ahorro que el empleador hace a nombre del trabajador para ayudarlo en caso de quedarse sin trabajo o de tener que cubrir algún gasto y/o urgencia económica.
Estas pueden variar según el tiempo trabajado y según el sueldo devengado a lo largo del año. Algo que también afecta considerablemente a la cantidad de ingresos que se puedan generar para este pago anual.
¿Qué trabajadores no reciben pago de cesantías en 2026?
En Colombia no todos los trabajadores reciben intereses de cesantías ya que este derecho está limitado a quienes cuentan con un contrato laboral tradicional. Por ejemplo, las personas que devengan más de 10 salarios mínimos mensuales vigentes y tienen pactado un salario integral no tienen derecho a este ingreso. Esto ya que se sobreentiende que dentro del salario mismo ya se incluye este pago adicional.
Así mismo, quienes tienen contrato por prestación de servicios no tienen derecho a este pago de intereses de cesantías. Esto debido a que la vinculación no se constituye como una relación laboral formal, desligándose también de las prestaciones sociales obligatorias. Estas situaciones son las únicas en las que el empleador está excluído de pagar este ingreso.
Así cambiarían los intereses de las cesantías con la reforma laboral
La reforma laboral abre la posibilidad de que los intereses de las cesantías se paguen de manera mensual, siempre y cuando exista un acuerdo previo entre el trabajador y el empleador. Es decir, este cambio no será obligatorio, sino opcional.
Si ambas partes aceptan, el empleado recibiría un 1 % mensual sobre su salario base, en lugar del 12 % acumulado anual. Esto no significa que se pierda dinero, ya que el valor total recibido al final del año será el mismo, solo que se entregará mes a mes junto con el salario.
Eso sí, es clave tener en cuenta que este acuerdo debe quedar por escrito, para que el área de nómina de la empresa pueda validarlo y evitar confusiones. De esta manera, tanto el trabajador como el empleador tendrán claridad sobre cómo se realizará este pago legal dentro del contrato laboral.
¿Qué opinas? Escribe lo que piensas en los comentarios de nuestras redes, ¡y dale compartir!
Vibra también con…









