A pocos días de la reducción de la jornada laboral en Colombia, un tema que preocupa a muchos trabajadores es: ¿A quiénes no aplica la reducción?
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La Ley 2101 de 2021 entró en vigor en el 2023, con el propósito de reducir la jornada laboral de 48 horas hasta 42, un objetivo que cada vez está más cerca ya que progresivamente cada año se disminuye cierta cantidad de horas, los dos primeros años se redujo una hora y los dos siguientes se reduciría 2 horas cada año.
¿Cuándo inicia la reducción de la jornada laboral 2025 y cuántas horas serían?
El miércoles 16 de julio iniciará la reducción de jornada laboral, la cual pasará de 46 a 44 horas semanales, en este sentido el 2023 y 2024 disminuyó una hora cada año, la diferencia es que el 2025 y 2026 se reducirá 2 horas cada año, de esta manera en el 2026 se cumplirá el objetivo de llegar a 42 horas semanales.
A pesar de la disminución de horas laborales, el salario mínimo y salario base de los trabajadores se mantendrá igual, esto significa que tanto el valor de la hora como extras, nocturnas, dominicales y festivas aumentarán.
Con la reducción de la jornada laboral, las horas de trabajo se podrán distribuir en 5 o 6 días a la semana, siendo de lunes a viernes o de lunes a sábado, en los siguientes horarios en común acuerdo entre empleador y trabajador:
- 8 horas de lunes a viernes y 4 el sábado
- Dos días en la semana de 8 horas, y los cuatro restantes de 7 diarias
- Cuatro días de 8 horas y los dos restantes de 6 horas
Con la reducción de la jornada laboral se pretende llegar a un promedio o acercarse al estándar internacional y lo recomendado por la Organización Internacional del Trabajo, de esta forma, habrá un mayor equilibrio entre la vida personal y laboral de los trabajadores, además, se espera que esto aumente su productividad.
Estos son los empleados para quienes NO aplica la reducción de la jornada laboral en Colombia
Aunque muchos están emocionados por la disminución de la jornada laboral, hay algunos empleados para quienes esto no será válido.
De acuerdo con el portal Actualícese en entrevista con la especialista en derecho laboral y seguridad social, Angie Vargas, quien explica quiénes no entran dentro de la reducción de la jornada laboral.
- Los adolescentes mayores de 15 años y menores de 17 años: Su jornada laboral es distinta. Solo pueden laborar durante una jornada diurna, con un máximo de 6 horas al día y hasta 30 horas a la semana.
- Los adolescentes de 17 años: Su jornada es de 8 horas diarias, pero no más de 40 a la semana. Además, no pueden trabajar más allá de las ocho de la noche.
- Los que ejerzan labores discontinuas o intermitentes y los de solo vigilancia, cuando residan en el lugar o sitio de trabajo.
- Aquellos con cargos de dirección, confianza o de manejo: quienes tienen funciones de liderazgo, toma de decisiones importantes o acceso a información confidencial dentro de la empresa, como gerentes, jefes de área y supervisores.
- Quienes ejerzan labores insalubres o peligrosas: minería, salud, exposición a radiaciones, bomberos, aeronáutica civil…
Recuerde que, así como habrá un cambio en cuanto a la jornada laboral, a partir del 25 de diciembre la jornada nocturna iniciará desde las 7:00 pm y no desde las 9:00 pm como se ha venido haciendo.
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